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HOSTELERÍA

AYUDAS Y SUBVENCIONES

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PREGUNTAS FRECUENTES
 
 
 3.2. OTRAS AYUDAS
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3.2.1 Ayudas para favorecer la inserción laboral de mujeres y la conciliación de la vida laboral y familiar

Convoca:
Servicio Navarro de Empleo

Normativa:
Orden Foral 187/2005, de 29 de septiembre (BON nº 127 de 24/10/2005)

Objeto:
Concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta ajena que reduzcan su jornada por situaciones de guarda legal por nacimiento o adopción de algún menor de seis años, así como a las empresas ordinarias que contraten trabajadoras para su sustitución.

Características:

  • Las personas beneficiarias podrán percibir una subvención a fondo perdido de hasta 1.500 euros por unidad familiar y hecho causante. En caso de que el ejercicio del derecho a la reducción de jornada sea disfrutado por un hombre, la cuantía a percibir será de hasta 1.800 euros. En el caso de que exista Convenio Colectivo o Pacto de empresa en el que se recojan medidas de conciliación, que redunden en una mejora organizativa, se incrementará la cuantía de la subvención hasta 2.000 euros.

  • Las empresas beneficiarias podrán percibir una subvención de hasta 1800 euros por hecho causante.
    La cuantía anterior se incrementará en 900 euros cuando la trabajadora contratada para la sustitución se encontrase en situación legal de desempleo durante al menos los doce meses anteriores a la fecha de formalización del contrato de sustitución. En el caso de que exista Convenio Colectivo o Pacto de empresa en el que se recojan medidas de conciliación, que redunden en una mejora organizativa, se incrementará la cuantía de la subvención hasta 2.000 euros.

Destinatarios:

  • Las personas trabajadoras que reduzcan la duración de su jornada de trabajo a la mitad por razón de guarda legal, por nacimiento o adopción, de algún menor de seis años y que estuvieran realizando su jornada completa con, al menos, un mes de antelación al día de inicio de la reducción de jornada o, en su caso, al inicio del periodo de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento o adopción o por excedencia motivada por atención al cuidado de hijo, siempre que la empresa donde preste servicios contrate a una mujer desempleada para la sustitución de la persona solicitante durante un año ininterrumpido.

  • Las empresas ordinarias que contraten a mujeres inscritas en el Servicio Público de Empleo y desempleadas para la sustitución de personas trabajadoras que se hayan acogido a la reducción de jornada en la mitad por guarda legal, por nacimiento o adopción de menores de seis años.

Plazo de presentación:

  • Entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente cuando se trate de contratos de sustitución formalizados durante el segundo semestre del año.

  • Entre el 1 y el 31 de julio cuando se trate de contratos de sustitución formalizados durante el primer semestre del año.

Lugar de presentación:
Servicio Navarro de Empleo
Arcadio Mª Larraona, 1-2ª planta
31008 Pamplona

Contacto:
Kattalin Ibáñez Basterrika
Tel.: 848 42 44 54
Fax: 848 42 44 70
kibanezb@cfnavarra.es

   PREGUNTAS FRECUENTES
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