CD-ROM Bienvenida al Comercio y a la Hostelería
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Ayuntamiento de Pamplona COMERCIO MINORISTA

HOSTELERÍA

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DIRECCIONES ÚTILES

PREGUNTAS FRECUENTES
 
 
 1.5. VENTAS ESPECIALES
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 ¿QUÉ SE CONSIDERA VENTA A DOMICILIO?

La venta a domicilio es aquella en la que la oferta se produce en domicilios privados, lugares de ocio o reunión, centros de trabajo y similares que no sean el establecimiento del vendedor. No se consideran ventas a domicilio las entregas a domicilio de mercancías adquiridas por cualquier otro tipo de venta.

La publicidad de este tipo de venta debe ser entregada al consumidor, y debe incluir:

  • Identificación y domicilio de la empresa.

  • Número de autorización para la práctica de este tipo de venta.

  • Los datos esenciales del producto o servicio que permitan su identificación inequívoca en el mercado.

  • Precio, forma y condiciones de pago, gastos y plazo de envío.
   PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué se considera Venta a domicilio?
¿Que se considera Venta ocasional?
¿Qué se considera Venta en cadena o pirámide?
   Más información:  Área de Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Pamplona.  Tfno: 948 420 734         comercio@ayto-pamplona.es         www.pamplona.net         www.camaranavarra.com