CD-ROM Bienvenida al Comercio y a la Hostelería
 EUSKARA   INICIO 
 
Ayuntamiento de Pamplona COMERCIO MINORISTA

HOSTELERÍA

AYUDAS Y SUBVENCIONES

DIRECCIONES ÚTILES

PREGUNTAS FRECUENTES
 
 
 1.7. RÉGIMEN SANCIONADOR
 IMPRIMIR 
 
 ¿QUÉ TIPO DE MEDIDAS CAUTELARES PUEDE TOMAR LA ADMINISTRACIÓN?

En el caso de que se den riesgos para salud, grave riesgo de perjuicio para los intereses económicos y sociales de consumidores y usuarios, graves perjuicios en la ordenación territorial y ecológica del ámbito de desarrollo del comercio minorista, y cuando exista riesgo de distorsión del funcionamiento del mercado, la Administración puede:

  • Intervenir mercancías falsificadas, fraudulentas o no clasificadas que incumplen los requisitos mínimos legales para su comercialización.

  • Suspender la actividad comercial hasta el cumplimiento de los requisitos.

  • Clausurar o cerrar provisionalmente los establecimientos e instalaciones que carezcan de las autorizaciones necesarias para el desarrollo de su actividad.
   PREGUNTAS FRECUENTES
¿Quién pone las sanciones?
¿Cuál es el procedimiento?
¿Y en el caso de los procedimientos penales?
¿Quién tiene la responsabilidad administrativa de las infracciones tipificadas en esta ley?
¿Qué se considera infracción administrativa?
¿Cuánto tardan en prescribir las infracciones?
¿Qué multa acarrea cada tipo de sanción?
¿Cómo se gradúan estas sanciones?
¿Qué tipo de medidas cautelares puede tomar la Administración?
¿Cuándo prescriben las sanciones?
   Más información:  Área de Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Pamplona.  Tfno: 948 420 734         comercio@ayto-pamplona.es         www.pamplona.net         www.camaranavarra.com