CD-ROM Bienvenida al Comercio y a la Hostelería
 EUSKARA   INICIO 
 
Ayuntamiento de Pamplona COMERCIO MINORISTA

HOSTELERÍA

AYUDAS Y SUBVENCIONES

DIRECCIONES ÚTILES

PREGUNTAS FRECUENTES
 
 
 1.1. GENERALIDADES
 IMPRIMIR 
 
 ¿QUIÉNES PUEDEN COMERCIAR?

La Ley Foral 17/2001, de 12 de junio, establece que no podrán ejercer el comercio aquellas personas físicas y jurídicas a quienes les esté específicamente prohibido por la normativa vigente y los empresarios individuales o sociales a quienes la normativa específica de la actividad que desarrollen les exija dedicarse exclusivamente a la misma. Se prohíbe además expresamente la exposición y venta de mercancías y la remisión o entrega de catálogos, folletos o publicidad de las mismas al destinatario final del producto cuando estas procedan de personas cuya actividad es distinta a la comercial y, como consecuencia de la actividad que les es propia, tengan como finalidad principal la realización de préstamos, depósitos u operaciones de análoga naturaleza, adheridas a la oferta comercial de la mercancía, de tal forma que una no se pudiera hacer efectiva sin la otra. Se presume la existencia de este tipo de actuaciones cuando el comprador pueda realizar pedidos o adquirir mercancías en estos establecimientos.

   PREGUNTAS FRECUENTES
¿Quién es comerciante?
¿Qué se entiende por comercio minorista?
¿Qué se entiende por establecimiento comercial?
¿Quiénes no pueden comerciar?
Agrupaciones de establecimientos comerciales
¿Quiénes se encuentran sometidos a autorización de apertura?
   Más información:  Área de Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Pamplona.  Tfno: 948 420 734         comercio@ayto-pamplona.es         www.pamplona.net         www.camaranavarra.com