CD-ROM Bienvenida al Comercio y a la Hostelería
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Ayuntamiento de Pamplona COMERCIO MINORISTA

HOSTELERÍA

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PREGUNTAS FRECUENTES
 
 
 1.1. GENERALIDADES
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 ¿QUIÉNES SE ENCUENTRAN SOMETIDOS A AUTORIZACIÓN DE APERTURA?

Se encuentran sometidos a autorización de apertura los grandes establecimientos comerciales, los establecimientos de comercio minorista de mediana superficie y los establecimientos de descuento duro.

  • Se consideran grandes establecimientos comerciales a aquellos establecimientos individuales o colectivos dedicados al comercio minorista que tengan una superpie útil para venta y exposición de productos y servicios1 superior a 2.500m2, cuando se ubiquen en Pamplona y su Comarca y en municipios cuya población supere a los 12.000 habitantes, y superior a 1.500m2 cuando se ubiquen en el resto de municipios de la Comunidad Foral de Navarra.

  • Tienen consideración de establecimiento comercial minorista de mediana superficie los establecimientos individuales o colectivos dedicados al comercio minorista con una superficie útil para la venta y prestación de servicios superior a los 1.500m2 e inferior a los 2.500m2 cuando se ubiquen en Pamplona y su Comarca y en municipios cuya superficie supere los 12.000 habitantes.
  • (1). Superficie en la que se expongan los productos o servicios habitual o ocasionalmente, espacios destinados al tránsito de personas y a la presentación, disposición y cobro de los productos. Se excluyen las superficies destinadas a oficinas, aparcamientos, zonas de carga, descarga y almacenaje no visitables por el público y en general, todas las dependencias de acceso restringido.

  • Los establecimientos de descuento duro son los de venta al por menor de productos de alta rotación y consumo generalizado que con una superficie de mas de 500m2 cumplen al menos tres de las siguientes características.

    • Predominan los productos de alimentación en régimen de autoservicio.

    • Más del 50% de los artículos sean marcas comerciales propiedad de la cadena titular del negocio ejercido en el establecimiento comercial o fabricadas en exclusiva para la misma.

    • Que el número de referencias en la oferta total del establecimiento sea inferior a mil.

    • Que las bolsas donde se empaqueten los artículos vendidos tengan un precio específico.
   PREGUNTAS FRECUENTES
¿Quién es comerciante?
¿Qué se entiende por comercio minorista?
¿Qué se entiende por establecimiento comercial?
¿Quiénes no pueden comerciar?
Agrupaciones de establecimientos comerciales
¿Quiénes se encuentran sometidos a autorización de apertura?
   Más información:  Área de Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Pamplona.  Tfno: 948 420 734         comercio@ayto-pamplona.es         www.pamplona.net         www.camaranavarra.com