CD-ROM Bienvenida al Comercio y a la Hostelería
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Ayuntamiento de Pamplona COMERCIO MINORISTA

HOSTELERÍA

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PREGUNTAS FRECUENTES
 
 
 2.1. GENERALIDADES
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El sector de la hostelería se encuentra sometido a múltiples normativas y modificaciones, lo que dificulta su interpretación. Por este motivo se realiza a continuación un pequeño resumen de las principales fuentes de legislación.

Existen diferentes normativas en función del municipio en el que se ubique el establecimiento y en función del tipo de establecimiento de que se trate y de su actividad. Principalmente, todo establecimiento de hostelería debe cumplir con:

  • Decreto Foral 201/2002, de 23 de septiembre por el que se regula el horario general de espectáculos públicos y actividades recreativas.

  • Decreto Foral 202/2002, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y se regulan los Registros de Empresas y Locales.

  • Decreto Foral 95/2003, de 5 de mayo, por el que se modifica la disposición transitoria primera del Decreto Foral 201/2002, de 23 de septiembre, por el que se regula el horario general de espectáculos.

  • Decreto Foral 656/2003, de 27 de octubre, por el que se modifican los Decretos Forales 201/2002 y 202/2002, de 23 de septiembre, reguladores del horario general de los establecimientos, espectáculos públicos.

  • Orden Foral 15/2004, de 20 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el procedimiento para la redefinición de las licencias de bar o cafetería en bar especial o café espectáculo, previsto en la disposición adicional tercera del Decreto Foral 202/2002, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y se regulan los Registros de Empresas y Locales.

  • Ordenanzas municipales del lugar en que se ubique.

  • Ley Foral 4/2005 de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental. Todo establecimiento de hostelería debe con una licencia de actividad clasificada. Se encuentra incluida en el apartado 2.4.3 Normativa que afecta a actividades clasificadas.

  • LEY FORAL 7/2003, de 14 de febrero, de Turismo.

  • Decreto Foral 502/2003, de 25 de agosto, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Turismo de Navarra.

  • Orden Foral 190/2004, de 18 de junio, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por el que se regula el procedimiento de inscripción en el Registro de Turismo de Navarra de establecimientos, empresas y entidades turísticas.

  • Decreto Foral 288/2004, de 23 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la actividad de las empresas dedicadas a la prestación de servicios de turismo activo y cultural.

  • Decreto Foral 146/2005, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Establecimientos Hoteleros en la Comunidad Foral de Navarra.

  • Decreto Foral 76/1995, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Campamentos de Turismo en Navarra.

  • Decreto Foral 140/2005, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Albergues Turísticos en Navarra.

  • Decreto Foral 141/1988, de 4 de mayo, por el se que aprueba el Reglamento de las Agencias de viajes en la Comunidad Foral de Navarra.

  • Decreto Foral 243/1999, de 28 de junio, por el que se regula el alojamiento en Casas Rurales en Navarra.

  • Orden de 17 de enero de 1967, por la que se aprueba la ordenación de los apartamentos "bungalows" y otros alojamientos similares de carácter turístico (BOE 24, de 28 de enero de 1967).
  • (Existen varias modificaciones a esta norma)
  • Orden de 17 de marzo de 1965, por la que se aprueba la ordenación turística de restaurantes. BOE de 29 de marzo.

  • Orden de 18 de marzo de 1965, por la que se aprueba la ordenación turística de cafeterías. BOE de 29 de marzo. (Existen varias modificaciones a esta norma)

Este documento, tiene como objetivo solventar las dudas más frecuentes que puedan presentarse a aquellas personas recién iniciadas en este sector. Es por ello que en el caso de consultas muy concretas recomendamos acudir a los textos íntegros de la normativa disponibles en www.camaranavarra.com, al servicio de asesoría jurídica de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra o a los profesionales de las diferentes entidades relacionadas con la hostelería.



   Más información:  Área de Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Pamplona.  Tfno: 948 420 734         comercio@ayto-pamplona.es         www.pamplona.net         www.camaranavarra.com